L789

Artículo 16. Recursos del fondo

Este articulo regula la administración de los recursos del fondo, destinando un porcentaje para cubrir costos administrativos y estableciendo condiciones para el uso de recursos en microcréditos. Se busca asegurar la sostenibilidad del fondo y su impacto en la comunidad.

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Texto Legal

de esta Ley;


e)Los rendimientos financieros del Fondo.


PARÁGRAFO 1o.
De estos recursos se destinará hasta el cinco por ciento (5%) para absorber los costos de administración del fondo.


PARÁGRAFO 2o.
Las Cajas de Compensación que participen en una entidad de crédito vigilada por la Superintendencia Bancaria como accionistas, conforme la presente ley, deberán destinar los recursos previstos en este fondo para el microcrédito, como recursos de capital de dichas instituciones para su operación.


PARÁGRAFO 3o.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La correcta administración de estos recursos es vital para garantizar la disponibilidad de microcréditos, lo que puede abrir oportunidades de financiamiento para trabajadores y sus familias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del L789?

Este articulo regula la administración de los recursos del fondo, destinando un porcentaje para cubrir costos administrativos y estableciendo condiciones para el uso de recursos en microcréditos. Se busca asegurar la sostenibilidad del fondo y su impacto en la comunidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la Reforma Laboral 2002?

La correcta administración de estos recursos es vital para garantizar la disponibilidad de microcréditos, lo que puede abrir oportunidades de financiamiento para trabajadores y sus familias.

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