L789

Artículo 15. Contribuciones para trabajadores independientes

Se establece la facultad del Gobierno para diseñar un régimen de estímulos que promueva la afiliación de trabajadores independientes al sistema de salud. Esto busca mejorar la cobertura y sostenibilidad del sistema de salud.

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Texto Legal

RÉGIMEN DE CONTRIBUCIONES AL SISTEMA DE SALUD PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES.
Será facultad del Gobierno Nacional diseñar un régimen de estímulos para los trabajadores independientes, con objeto de promover su afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud, respetando el principio de equilibrio financiero entre los beneficios concedidos y los recursos recaudados y las normas Constitucionales en materia de derechos fundamentales, sin perjuicio de la aplicación de las normas sobre control a la evasión.


CAPITULO V.


RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS CAJAS


DE COMPENSACIÓN FAMILIAR.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si eres trabajador independiente, estar atento a estos estímulos puede facilitar tu acceso a servicios de salud y mejorar tu seguridad social.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del L789?

Se establece la facultad del Gobierno para diseñar un régimen de estímulos que promueva la afiliación de trabajadores independientes al sistema de salud. Esto busca mejorar la cobertura y sostenibilidad del sistema de salud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la Reforma Laboral 2002?

Si eres trabajador independiente, estar atento a estos estímulos puede facilitar tu acceso a servicios de salud y mejorar tu seguridad social.

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