Se establecen lineamientos para el cumplimiento de acuerdos derivados de la consulta previa con comunidades afrocolombianas e indígenas. Esto es clave para la gestión de recursos.
ACUERDOS DE LA CONSULTA PREVIA Y OTROS ESPACIOS DE DIÁLOGO DENTRO DE LA CONSULTA PREVIA.
Las entidades con compromisos derivados de escenarios de diálogo y concertación con i) comunidades negras, afrocolombianos, raizales, ii) pueblo Rrom; y iii) con pueblos y comunidades indígenas a través de su política indígena, incluidos en el PND 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” conforme a la priorización efectuada por las entidades en el PPI, destinarán los recursos para su cumplimiento, los cuales deberán estar acorde con el marco de gasto de mediano plazo y el marco fiscal de mediano plazo.
Los acuerdos de la Consulta Previa protocolizados del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 hacen parte integral de esta ley.
PARÁGRAFO.
Las estrategias y metas acordadas con las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras serán objeto de especial seguimiento del Congreso de la República por medio de la Comisión Legal Afro.
Jurisprudencia Vigencia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No cumplir con estos acuerdos puede resultar en litigios y afectar la ejecución de proyectos, así como la reputación de las entidades involucradas.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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