PND2026

Artículo 209. Reglamento del Ministerio de Igualdad

Se establece que el Gobierno Nacional reglamentará lo previsto en este artículo, relacionado con el nuevo Ministerio de Igualdad y Equidad. Esto busca asegurar la implementación efectiva de la ley.

reglamentoministerioigualdad

Texto Legal

de la Constitución Política, y en especial los principios de selección objetiva y pluralidad de oferentes. En todo caso estarán sujetos al control fiscal, penal y disciplinario.


El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Igualdad y Equidad, reglamentará lo previsto en este artículo.


PARÁGRAFO TRANSITORIO.
Hasta tanto entre en funcionamiento el Ministerio de Igualdad y Equidad creado mediante la Ley
2281
de 2023, el fondo de que trata este artículo será gestionado por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.


Notas de Vigencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La reglamentación de este ministerio puede generar nuevas oportunidades de colaboración y financiamiento en proyectos de igualdad, es recomendable estar informado sobre sus directrices.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 209 del PND2026?

Se establece que el Gobierno Nacional reglamentará lo previsto en este artículo, relacionado con el nuevo Ministerio de Igualdad y Equidad. Esto busca asegurar la implementación efectiva de la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 209 de la PND 2022-2026?

La reglamentación de este ministerio puede generar nuevas oportunidades de colaboración y financiamiento en proyectos de igualdad, es recomendable estar informado sobre sus directrices.

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