L222

Artículo 37. Estados financieros certificados

Los estados financieros deben ser certificados por el representante legal y el contador público responsable, asegurando la veracidad de la información presentada. Esta certificación es fundamental para la confianza de terceros.

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Texto Legal

ESTADOS FINANCIEROS CERTIFICADOS.
El representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de los asociados o de terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si los estados no son certificados, podrías enfrentar problemas legales y de reputación, además de dificultades para acceder a financiamiento o inversiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del L222?

Los estados financieros deben ser certificados por el representante legal y el contador público responsable, asegurando la veracidad de la información presentada. Esta certificación es fundamental para la confianza de terceros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la Reforma Código Comercio 1995?

Si los estados no son certificados, podrías enfrentar problemas legales y de reputación, además de dificultades para acceder a financiamiento o inversiones.

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