L222

Artículo 238. Incorporacion de sociedades civiles

Las sociedades civiles tienen un plazo de seis meses para ajustarse a las normas de sociedades comerciales tras la vigencia de la ley. Esto implica un cambio estructural que debe ser atendido.

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Texto Legal

INCORPORACION.
Para los efectos previstos en el artículo primero de esta ley, las sociedades civiles dispondrán de un plazo de seis meses contados a partir de la vigencia de la misma, para ajustarse a las normas de las sociedades comerciales.


Jurisprudencia Vigencia


La obligación de registro a que alude el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con el ajuste a las nuevas normas puede resultar en sanciones o en la imposibilidad de operar legalmente, afectando la continuidad del negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 238 del L222?

Las sociedades civiles tienen un plazo de seis meses para ajustarse a las normas de sociedades comerciales tras la vigencia de la ley. Esto implica un cambio estructural que debe ser atendido.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 238 de la Reforma Código Comercio 1995?

No cumplir con el ajuste a las nuevas normas puede resultar en sanciones o en la imposibilidad de operar legalmente, afectando la continuidad del negocio.

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