L222

Artículo 21. Actas de decisiones

Las actas de decisiones deben elaborarse y asentarse en un plazo de 30 días, firmadas por el representante legal y el secretario. Esto asegura la documentación adecuada de los acuerdos.

actasdecisionesdocumentaciónsocios

Texto Legal

ACTAS.
En los casos a que se refieren los artículos
19
y
20
precedentes, las actas correspondientes deberán elaborarse y asentarse en el libro respectivo dentro de los treinta días siguientes a aquel en que concluyó el acuerdo. Las actas serán suscritas por el representante legal y el secretario de la sociedad. A falta de este último, serán firmadas por alguno de los asociados o miembros.


PARAGRAFO.
Serán ineficaces las decisiones adoptadas conforme al

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falta de actas adecuadas puede llevar a disputas sobre decisiones tomadas, afectando la transparencia y la confianza entre los socios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del L222?

Las actas de decisiones deben elaborarse y asentarse en un plazo de 30 días, firmadas por el representante legal y el secretario. Esto asegura la documentación adecuada de los acuerdos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la Reforma Código Comercio 1995?

La falta de actas adecuadas puede llevar a disputas sobre decisiones tomadas, afectando la transparencia y la confianza entre los socios.

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