L222

Artículo 150. Deposito de Estados Financieros

El articulo 150 establece que los estados financieros se depositen en la Superintendencia de Sociedades, eliminando la necesidad de hacerlo en cámaras de comercio. Es clave para la transparencia.

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Texto Legal

del Decreto 19 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Cuando los estados financieros se depositen en Ia Superintendencia de Sociedades, no tendrán que ser depositados en las cámaras de comercio. La Superintendencia de Sociedades asegurará los mecanismos necesarios para garantizar el acceso a Ia información que no tenga carácter reservado. La Cámara de Comercio deberá conservar, por cualquier medio, los documentos mencionados en este artículo por el término de cinco años.


Notas de Vigencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con el deposito correcto puede resultar en sanciones y afectar la credibilidad de la empresa ante terceros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 150 del L222?

El articulo 150 establece que los estados financieros se depositen en la Superintendencia de Sociedades, eliminando la necesidad de hacerlo en cámaras de comercio. Es clave para la transparencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 150 de la Reforma Código Comercio 1995?

No cumplir con el deposito correcto puede resultar en sanciones y afectar la credibilidad de la empresa ante terceros.

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