L2010

Artículo 904. Hecho generador del impuesto unificado

Define el hecho generador y la base gravable del impuesto unificado bajo el regimen simple, que incluye todos los ingresos brutos obtenidos. Se excluyen ingresos de ganancia ocasional.

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Texto Legal

Hecho generador y base gravable del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación - Simple.
El hecho generador del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación - Simple es la obtención de ingresos susceptibles de producir un incremento en el patrimonio, y su base gravable está integrada por la totalidad de los ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, percibidos en el respectivo periodo gravable.


Jurisprudencia Vigencia


Para el caso del impuesto de industria y comercio consolidado, el cual se integra al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE, se mantienen la autonomía de los entes territoriales para la definición de los elementos del hecho generador, base gravable, tarifa y sujetos pasivos, de conformidad con las leyes vigentes.


PARÁGRAFO.
Los ingresos constitutivos de ganancia ocasional no integran la base gravable del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación-SIMPLE. Tampoco integran la base gravable los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer el hecho generador es esencial para evitar errores en la declaración de ingresos, lo que podría resultar en sanciones o pagos adicionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 904 del L2010?

Define el hecho generador y la base gravable del impuesto unificado bajo el regimen simple, que incluye todos los ingresos brutos obtenidos. Se excluyen ingresos de ganancia ocasional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 904 de la Ley Crecimiento 2019?

Conocer el hecho generador es esencial para evitar errores en la declaración de ingresos, lo que podría resultar en sanciones o pagos adicionales.

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