L1943

Artículo 634. Sanciones a Proveedores Tecnológicos

Se establece que los proveedores tecnológicos que incurran en infracciones serán sancionados con la cancelación de su habilitación.

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Texto Legal

PARÁGRAFO TRANSITORIO.
El parágrafo anterior aplicará para los procedimientos adelantados por la DIAN que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la presente ley y, respecto de los procedimientos que se adelanten con posterioridad a la entrada en vigencia de la misma.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sanciones a proveedores tecnológicos pueden afectar la continuidad de servicios esenciales para los contribuyentes, por lo que es vital que estos cumplan con las normativas establecidas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 634 del L1943?

Se establece que los proveedores tecnológicos que incurran en infracciones serán sancionados con la cancelación de su habilitación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 634 de la Ley de Financiamiento 2018?

Las sanciones a proveedores tecnológicos pueden afectar la continuidad de servicios esenciales para los contribuyentes, por lo que es vital que estos cumplan con las normativas establecidas.

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