Este artículo ha sido derogado, lo que significa que no tiene validez legal desde su derogación. Es importante conocer la legislación vigente.
>
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Operar bajo normas derogadas puede resultar en sanciones y nulidad de actos, por lo que se debe estar al tanto de las leyes vigentes.
Anterior
Art. 109. Modificación a la ley
Siguiente
Art. 111. Fondo de Estabilización del Ingreso Fiscal
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo