Los responsables en el Régimen Común solo pueden acogerse al monotributo si demuestran que cumplieron con las condiciones establecidas en los tres años fiscales anteriores.
Cambio del régimen común al monotributo
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Los responsables sometidos al Régimen Común en el impuesto sobre las ventas solo podrán acogerse al monotributo, cuando demuestren que en los tres (3) años fiscales anteriores se cumplieron las condiciones establecidas en el presente libro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si estás en el Régimen Común y deseas cambiar al monotributo, asegúrate de tener la documentación que respalde tu cumplimiento de condiciones, ya que esto puede facilitar la transición.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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