L1819

Artículo 199. Tratamiento de medios de pago en IVA

El articulo 199 define el tratamiento de los medios de pago para la telefonía celular en el contexto del IVA. Es esencial para los proveedores de servicios de telecomunicaciones.

ivamedios de pagotelefonía celular

Texto Legal

TRATAMIENTO DE LOS MEDIOS DE PAGOS PARA LA TELEFONÍA CELULAR EN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS.
Para efectos del impuesto sobre las ventas, las operaciones de medios de pago (recargas) se entienden como una compraventa de un bien incorporal y como consecuencia no estarán gravados con este impuesto.


PARTE VI.


IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No considerar este tratamiento puede llevar a errores en la facturación y, por ende, a problemas fiscales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 199 del L1819?

El articulo 199 define el tratamiento de los medios de pago para la telefonía celular en el contexto del IVA. Es esencial para los proveedores de servicios de telecomunicaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 199 de la Reforma Estructural 2016?

No considerar este tratamiento puede llevar a errores en la facturación y, por ende, a problemas fiscales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 199 del L1819?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 199 L1819 desde tu celular