El articulo 83 establece la presuncion de buena fe tanto para particulares como para autoridades publicas. Este principio es fundamental en la interpretacion de actos administrativos y relaciones juridicas.
de la Constitución Política, el cual preceptúa la presunción de buena fe de los particulares y de las autoridades públicas.
El
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este principio puede ser un factor de defensa en litigios, ya que permite argumentar que las acciones se realizaron con la mejor intencion. Sin embargo, es importante documentar todas las decisiones para respaldar esta presuncion.
Anterior
Art. 279. Estructura de la Procuraduria
Siguiente
Art. 277. Derecho de Acceso a la Informacion
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo