Este articulo detalla las atribuciones del Contralor General de la Republica, incluyendo la prescripcion de metodos de rendicion de cuentas y la exigencia de informes. Estas funciones son vitales para el control fiscal en el pais.
El Contralor General de la República tendrá las siguientes atribuciones:
1. Prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas los responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberán seguirse.
2. Revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario y determinar el grado de eficiencia, eficacia y economía con que hayan obrado.
3. Llevar un registro de la deuda pública de la Nación y de las entidades territoriales.
4. Exigir informes sobre su gestión fiscal a los empleados oficiales de cualquier orden y a toda persona o entidad pública o privada que administre fondos o bienes de la Nación.
5. Establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma.
De esta manera, siendo estas facultades otorgadas por el Constituyente primario, y al ser catalogado como una función pública no es posible que el Congreso a través de una ley, limite las competencias constitucionales de la Contraloría General de la República.
21.
Intervención de la Defensoría del Pueblo
El Defensor Delegado para Asuntos Constitucionales y Legales de la Defensoría del Pueblo intervino a fin de solicitar a la Corte, la declaración de inexequibilidad del parágrafo 2o del
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de las atribuciones del Contralor puede resultar en mala gestion de recursos publicos y falta de transparencia, lo que puede llevar a sanciones y perdida de confianza en las instituciones.
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