Establece que toda información en posesión de sujetos obligados es pública y solo puede ser reservada bajo ciertas condiciones. Promueve la transparencia en la gestión pública.
PRINCIPIO DE MÁXIMA PUBLICIDAD PARA TITULAR UNIVERSAL.
Toda información en posesión, bajo control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o limitada sino por disposición constitucional o legal, de conformidad con la presente ley.
Jurisprudencia Vigencia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este principio obliga a las entidades a garantizar el acceso a la información, y su incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas y pérdida de confianza pública.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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