EC

Artículo 82. Pago anticipado en compraventa

Este articulo permite al consumidor pagar anticipadamente el precio pendiente en un contrato de compraventa a plazos, sin intereses no causados ni sanciones.

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Texto Legal

PAGO ANTICIPADO.
En cualquier momento de vigencia del contrato de compraventa a plazos, el consumidor puede pagar anticipadamente, de forma total o parcial, el precio pendiente de pago, sin que en ningún caso pueda exigírsele intereses no causados ni sanciones económicas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El derecho a pagar anticipadamente puede ser una oportunidad para reducir costos financieros, pero es vital asegurarse de que no existan penalizaciones ocultas en el contrato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 82 del EC?

Este articulo permite al consumidor pagar anticipadamente el precio pendiente en un contrato de compraventa a plazos, sin intereses no causados ni sanciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 82 de la Estatuto del Consumidor?

El derecho a pagar anticipadamente puede ser una oportunidad para reducir costos financieros, pero es vital asegurarse de que no existan penalizaciones ocultas en el contrato.

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