EAI

Artículo 166. Requisitos para auditores internos

Se establece que los auditores internos deben tener formación profesional y experiencia mínima de tres años. Esto garantiza que los controles internos sean llevados a cabo por personal calificado.

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Texto Legal

del Decreto Ley 403 de 2020>
Para desempeñar el cargo de asesor, coordinador o de auditor interno se deberá acreditar formación profesional y experiencia mínima de tres (3) años en asuntos del control interno.


PARÁGRAFO 2o.
El auditor interno, o quien haga sus veces, contará con el personal multidisciplinario que le asigne el jefe del organismo o entidad, de acuerdo con la naturaleza de las funciones del mismo. La selección de dicho personal no implicará necesariamente aumento en la planta de cargos existente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Contar con auditores calificados es esencial para detectar irregularidades a tiempo, lo que puede prevenir sanciones y mejorar la eficiencia operativa de la entidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 166 del EAI?

Se establece que los auditores internos deben tener formación profesional y experiencia mínima de tres años. Esto garantiza que los controles internos sean llevados a cabo por personal calificado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 166 de la Estatuto Anticorrupción?

Contar con auditores calificados es esencial para detectar irregularidades a tiempo, lo que puede prevenir sanciones y mejorar la eficiencia operativa de la entidad.

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