LSAS

Artículo 12. Transferencia de acciones a fiducias

Las acciones pueden ser radicadas en una fiducia mercantil, lo que permite una gestión flexible del patrimonio. Esto puede ser útil para la planificación patrimonial y la protección de activos.

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Texto Legal

TRANSFERENCIA DE ACCIONES A FIDUCIAS MERCANTILES.
Las acciones en que se divide el capital de la sociedad por acciones simplificada podrán estar radicadas en una fiducia mercantil, siempre que en el libro de registro de accionistas se identifique a la compañía fiduciaria, así como a los beneficiarios del patrimonio autónomo junto con sus correspondientes porcentajes en la fiducia.


Los derechos y obligaciones que por su condición de socio le asisten al fideicomitente serán ejercidos por la sociedad fiduciaria que lleva la representación del patrimonio autónomo, conforme a las instrucciones impartidas por el fideicomitente o beneficiario, según el caso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Utilizar fiducias para la gestión de acciones puede ofrecer ventajas en términos de protección de activos y planificación fiscal, lo que es relevante para accionistas interesados en la seguridad patrimonial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LSAS?

Las acciones pueden ser radicadas en una fiducia mercantil, lo que permite una gestión flexible del patrimonio. Esto puede ser útil para la planificación patrimonial y la protección de activos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la Ley SAS?

Utilizar fiducias para la gestión de acciones puede ofrecer ventajas en términos de protección de activos y planificación fiscal, lo que es relevante para accionistas interesados en la seguridad patrimonial.

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