Se pueden crear diversas clases de acciones con derechos específicos, lo que permite a los accionistas estructurar su inversión de acuerdo a sus necesidades. Esto puede incluir acciones privilegiadas o con dividendo preferencial.
CLASES DE ACCIONES.
Podrán crearse diversas clases y series de acciones, incluidas las siguientes, según los términos y condiciones previstos en las normas legales respectivas: (i) acciones privilegiadas; (ii) acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto; (iii) acciones con dividendo fijo anual y (iv) acciones de pago.
Al dorso de los títulos de acciones, constarán los derechos inherentes a ellas.
PARÁGRAFO.
En el caso en que las acciones de pago sean utilizadas frente a obligaciones laborales, se deberán cumplir los estrictos y precisos límites previstos en el Código Sustantivo del Trabajo para el pago en especie.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La posibilidad de crear diferentes clases de acciones permite a los accionistas personalizar su participación y derechos, lo que puede ser atractivo para inversores específicos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo