LGSS

Artículo 7. Ámbito de Acción

El artículo define el ámbito de acción del Sistema de Seguridad Social Integral, garantizando la cobertura de contingencias económicas y de salud. Se establece la obligación de los entes de cumplir con esta cobertura.

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Texto Legal

ÁMBITO DE ACCIÓN.
El Sistema de Seguridad Social Integral garantiza el cubrimiento de las contingencias económicas y de salud, y la prestación de servicios sociales complementarios, en los términos y bajo las modalidades previstos por esta ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo implica que las entidades deben estar preparadas para atender diversas contingencias, lo que puede requerir una planificación financiera adecuada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del LGSS?

El artículo define el ámbito de acción del Sistema de Seguridad Social Integral, garantizando la cobertura de contingencias económicas y de salud. Se establece la obligación de los entes de cumplir con esta cobertura.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la Sistema Seguridad Social?

Este artículo implica que las entidades deben estar preparadas para atender diversas contingencias, lo que puede requerir una planificación financiera adecuada.

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