Establece la mecanica de determinacion de pagos provisionales del ISR y las reglas para ajustar el coeficiente de utilidad aplicable.
RENTA. PAGOS PROVISIONALES. EL COEFICIENTE DE UTILIDAD DEBE DETERMINARSE CONFORME AL ULTIMO EJERCICIO DE DOCE MESES EN QUE SE HAYA OBTENIDO UTILIDAD FISCAL, SIN QUE PROCEDA SU MODIFICACION RETROACTIVA.
Conforme al articulo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, los pagos provisionales se calculan aplicando el coeficiente de utilidad correspondiente al ultimo ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debio haberse presentado declaracion, multiplicado por los ingresos nominales obtenidos desde el inicio del ejercicio hasta el ultimo dia del mes al que corresponda el pago. El coeficiente de utilidad se determina dividiendo la utilidad fiscal del ejercicio de referencia entre los ingresos nominales del mismo periodo. Cuando en el ultimo ejercicio no se obtenga utilidad fiscal, el contribuyente debera utilizar el coeficiente del ejercicio anterior hasta por un plazo de cinco ejercicios. El coeficiente de utilidad no puede modificarse retroactivamente una vez presentada la declaracion del ejercicio que le sirve de base, salvo que se presente declaracion complementaria. Los pagos provisionales tienen la naturaleza de anticipos del impuesto del ejercicio y son acreditables contra el impuesto anual determinado en la declaracion del ejercicio correspondiente.
Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion.
Undecima Epoca. Registro digital: 2026012. Publicada en el Semanario Judicial de la Federacion, Libro 22, marzo de 2023.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El coeficiente de utilidad impacta directamente el flujo de efectivo mensual de la empresa. Si el ejercicio anterior tuvo utilidades atipicas, los pagos provisionales del siguiente ejercicio seran desproporcionados. En estos casos, recomendamos evaluar la posibilidad de solicitar autorizacion para disminuir pagos provisionales a partir del segundo semestre, conforme al articulo 14, septimo parrafo, de la LISR. Es un tramite ante el SAT que puede generar ahorros significativos de flujo.
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