Analiza los requisitos y limitaciones para la deduccion de intereses, incluyendo las reglas de capitalizacion delgada (thin cap) y su constitucionalidad.
INTERESES. LAS REGLAS DE CAPITALIZACION DELGADA PREVISTAS EN EL ARTICULO 28, FRACCION XXVII, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA SON CONSTITUCIONALES AL NO VULNERAR EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.
El articulo 28, fraccion XXVII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece la limitante de deduccion de intereses derivados de deudas contraidas con partes relacionadas residentes en el extranjero cuando el monto de dichas deudas exceda del triple del capital contable del contribuyente. Esta regla, conocida como capitalizacion delgada o thin capitalization, tiene como proposito evitar que los grupos empresariales multinacionales erosionen la base gravable en Mexico mediante el financiamiento excesivo a traves de prestamos intercompania en lugar de capital. La limitante es constitucional porque responde a una finalidad extrafiscal legitima consistente en combatir la planeacion fiscal agresiva y preservar la base gravable nacional. Los intereses que excedan la proporcion permitida no seran deducibles para el contribuyente mexicano, aunque si podran ser objeto de retencion del impuesto conforme al Titulo V de la ley. Para efectos del calculo, el capital contable debe determinarse conforme a las normas de informacion financiera aplicables en Mexico.
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion.
Undecima Epoca. Registro digital: 2022789. Publicada en el Semanario Judicial de la Federacion, Libro 4, agosto de 2021.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las reglas de thin cap limitan la deduccion de intereses cuando la deuda con partes relacionadas del extranjero excede 3:1 respecto del capital contable. Adicionalmente, desde 2020 existe el articulo 28-XXXII que limita la deduccion de intereses netos al 30% de la utilidad fiscal ajustada (EBITDA fiscal). Recomendamos evaluar ambas limitantes en conjunto al estructurar financiamientos intercompania, y considerar aportes de capital como alternativa al endeudamiento.
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