JURIS

Artículo 1a./J. 61/2019. Outsourcing ante IMSS: responsabilidad solidaria del beneficiario

Determina que el beneficiario de los servicios de subcontratacion es responsable solidario ante el IMSS cuando la empresa contratista incumple sus obligaciones de seguridad social respecto de los trabajadores que prestan servicios en su beneficio.

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Texto Legal

1a./J. 61/2019 - Outsourcing ante IMSS: Responsabilidad Solidaria del Beneficiario

Rubro

SUBCONTRATACION LABORAL. EL BENEFICIARIO DE LOS SERVICIOS ES RESPONSABLE SOLIDARIO ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL POR LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS POR EL CONTRATISTA.

Texto

De conformidad con los articulos 15-A de la Ley del Seguro Social y 13 de la Ley Federal del Trabajo, cuando un patron o sujeto obligado pone a disposicion trabajadores a favor de un beneficiario mediante un contrato de subcontratacion, este ultimo es responsable solidario del cumplimiento de las obligaciones de seguridad social. Esta responsabilidad solidaria opera cuando la empresa contratista no cumple con la inscripcion de los trabajadores, el pago oportuno de las cuotas obrero-patronales, o la correcta determinacion del salario base de cotizacion. El beneficiario no puede eximirse de esta responsabilidad alegando que la relacion laboral formal existe unicamente entre el trabajador y la empresa contratista, pues la finalidad de la norma es proteger los derechos de seguridad social de los trabajadores independientemente de la estructura contractual adoptada por las partes.

Tribunal

Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion.

Epoca

Decima Epoca. Registro digital: 2019876.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Esta tesis es particularmente relevante tras la reforma de subcontratacion de 2021. Las empresas que contratan servicios especializados deben verificar trimestralmente que el contratista cumpla con sus obligaciones ante el IMSS, conforme al articulo 15-A de la LSS. SDV recomienda establecer mecanismos contractuales de verificacion y clausulas de indemnizacion para mitigar este riesgo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a./J. 61/2019 del JURIS?

Determina que el beneficiario de los servicios de subcontratacion es responsable solidario ante el IMSS cuando la empresa contratista incumple sus obligaciones de seguridad social respecto de los trabajadores que prestan servicios en su beneficio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a./J. 61/2019 de la Jurisprudencias y Tesis?

SDV Asesores: Esta tesis es particularmente relevante tras la reforma de subcontratacion de 2021. Las empresas que contratan servicios especializados deben verificar trimestralmente que el contratista cumpla con sus obligaciones ante el IMSS, conforme al articulo 15-A de la LSS. SDV recomienda establecer mecanismos contractuales de verificacion y clausulas de indemnizacion para mitigar este riesgo.

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