Establece que los mecanismos de participacion ciudadana se rigen por este Estatuto, leyes de la materia y reglamentos. Reforma actualizada en 1997 para modernizar los procesos de participacion.
Los instrumentos y mecanismos para promover, facilitar y ejercer la participación ciudadana en los asuntos públicos de la Ciudad, se regirán por las disposiciones de este Estatuto, de las leyes de la materia y de sus reglamentos. Artículo reformado DOF 04-12-1997
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental para entender el marco legal de participacion en la Ciudad. Contadores y abogados deben verificar que las entidades cumplan con los programas y acciones establecidas para fomentar la organizacion ciudadana en sus operaciones y decisiones administrativas.
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Art. 20. Derechos ciudadanos votar candidaturas participacion
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