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Artículo 20. Derechos ciudadanos votar candidaturas participacion

Enumera derechos ciudadanos: votar y ser votados, solicitar registro como candidatos independientes, preferencia para cargos publicos, iniciar leyes, y otros que establezcan leyes.

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Texto Legal

Los ciudadanos del Distrito Federal tienen derecho a:

I. Votar y ser votados, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de este Estatuto y de las leyes de la materia, para los cargos de representación popular, así como votar en las consultas populares y demás mecanismos de participación ciudadana.

El derecho de solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación.

Los ciudadanos del Distrito Federal que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto para la elección del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de este Estatuto y de las leyes de la materia;

ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 27-06-2014 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II. La preferencia, en igualdad de circunstancias, para ocupar cargos, empleos o desempeñar comisiones de carácter público cuando cumplan con los requisitos que establezcan las leyes;

III. Iniciar leyes ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en los términos y con los requisitos que señalen este Estatuto y las leyes, y

IV. Los demás que establezcan este Estatuto y las leyes. Artículo reformado DOF 04-12-1997, 27-06-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Fundamental para derechos politicos electorales. Los asesores deben considerar los requisitos para candidatos independientes introducidos en reformas recientes y la competencia electoral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del 10_270614?

Enumera derechos ciudadanos: votar y ser votados, solicitar registro como candidatos independientes, preferencia para cargos publicos, iniciar leyes, y otros que establezcan leyes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la ESTATUTO de Gobierno del Distrito?

Fundamental para derechos politicos electorales. Los asesores deben considerar los requisitos para candidatos independientes introducidos en reformas recientes y la competencia electoral.

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