ACUERDO

Artículo Sección 1. ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar Puebla . Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secre

ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar Puebla . Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ALICIA ISABEL ADRIANA BÁRCENA IBARRA , Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 1, 2, fracción i, 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 5, 6 y 7, fracción III, del Decreto por el que

Texto Legal

ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar Puebla . Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ALICIA ISABEL ADRIANA BÁRCENA IBARRA , Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 1, 2, fracción i, 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 5, 6 y 7, fracción III, del Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar; 2, fracción IV 5, 6, 7 y 8 del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para aplicar el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar, y 5 y 6, fracciones XXIV y XL, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y CONSIDERANDO
Que en términos del artículo 4o, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, por lo que el Estado garantizará el respeto a este derecho; Que el artículo 25, párrafos tercero, cuarto, séptimo y noveno de la CPEUM establece que el Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional; que al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, los sectores público, social y privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación; Que el Estado bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad, apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso de los recursos productivos, así como cuidar su conservación y el medio ambiente, en beneficio general; Que la ley protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, con promoción a la competitividad e implementación a una política nacional para el desarrollo industrial sustentable que incluya vertientes sectoriales y regionales; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de abril de 2025 en su Eje General 4 " DESARROLLO SUSTENTABLE " , establece que el citado desarrollo requiere un enfoque integral en la protección y el uso responsable de los recursos naturales, además de que es prioritario fomentar el aprovechamiento de residuos mediante la economía circular, lo cual implica incentivar el reciclaje de materiales secundarios, el aprovechamiento energético de residuos orgánicos y la gestión eficiente de desechos para reducir la contaminación y optimizar el uso de recursos. De ahí que su estrategia 4.3.3 se refiere a " Promover la economía circular para optimizar el uso de recursos, mejorar la gestión de residuos y prevenir la contaminación, reduciendo la presión sobre el medio ambiente " ; Que el 4 de julio de 2025 se publicó en el DOF el " Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar " , en el que se brindan beneficios fiscales a los contribuyentes que realicen actividades económicas en los Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar y a las personas morales que hayan obtenido la asignación que los acredite como Desarrolladores; Que el 21 de julio de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para aplicar el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar; Que el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2025-2030, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 2025, considera dentro del Objetivo " 4. Fortalecer la acción climática para transitar hacia una economía adaptativa y baja en carbono " , integrando la prevención y control de la contaminación para proteger la salud de la población, ecosistemas, sistemas productivos y la infraestructura estratégica ante los impactos climáticos. La " Estrategia 4.4. Promover políticas que impulsen la economía circular para reducir la presión sobre los recursos naturales, mejorar la gestión de los residuos, evitar la contaminación y crear oportunidades económicas, con la participación de los diferentes sectores sociales, productivos y otros órdenes de gobierno " ; Que el 16 de febrero de 2026, la Subsecretaría de Desarrollo Sostenible y de Economía Circular emitió el dictamen mediante el cual determinó la viabilidad del inmueble correspondiente al Polo de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar Puebla; Que con el objetivo de fomentar la protección, restauración, conservación, preservación y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, recursos naturales, y bienes y servicios ambientales, se busca garantizar el derecho a un medio ambiente sano, y Que en virtud de las consideraciones antes señaladas y con el objetivo de impulsar y conducir la política nacional en materia de residuos y de economía circular, así como la competitividad y favorecer la liquidez en la operación de los referidos contribuyentes, ello en el ejercicio de la facultad establecida en el artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente : ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto declarar el Polo de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar, al polígono que se describe en el artículo siguiente, el cual fue propuesto por el Gobierno del Estado de Puebla, propietario del inmueble. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se declara como Polo de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar Puebla, a la superficie de 40.4280 hectáreas conformado por tres polígonos ubicada en el municipio de San José Chiapa, Puebla, de conformidad con la información siguiente, proporcionada por el Gobierno del Estado de Puebla: SUPERFICIE
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN POLÍGONO 1 (BET)
LADO
RUMBO
DISTANCIA
V
COORDENADAS UTM
EST
PV
X
Y
1
630,525.389
2,126,554.151
1
2
N 15°d32'09" W
159.31
2
630,482.719
2,126,707.641
2
3
N 58°d08'14" E
143.40
3
630,604.507
2,126,783.338
3
4
N 25°d06'45" W
38.12
4
630,588.328
2,126,817.857
4
5
N 41°d49'03" W
228.37
5
630,436.061
2,126,988.053
5
6
N 39°d23'52" W
35.48
6
630,413.539
2,127,015.474
6
7
N 60°d57'21" E
179.20
7
630,570.203
2,127,102.472
7
8
S 33°d36'02" E
246.20
8
630,706.447
2,126,897.412
8
9
S 04°d39'10" E
210.51
9
630,723.523
2,126,687.600
9
10
S 31°d50'07" E
17.51
10
630,732.758
2,126,672.726
10
11
N 58°d09'56" E
754.57
11
631,373.826
2,127,070.739
11
12
N 31°d50'07" W
17.51
12
631,364.591
2,127,085.613
12
13
N 43°d55'50" W
199.08
13
631,226.471
2,127,228.988
13
14
N 60°d20'33" E
165.05
14
631,369.898
2,127,310.656
14
15
S 21°d09'46" E
72.96
15
631,396.238
2,127,242.616
15
16
S 57°d18'40" E
74.01
16
631,458.526
2,127,202.645
16
17
S 78°d20'50" E
14.33
17
631,472.559
2,127,199.751
17
18
S 15°d31'35" E
41.31
18
631,483.616
2,127,159.952
18
19
N 58°d09'50" E
25.48
19
631,505.262
2,127,173.392
19
20
S 11°d40'24" E
334.93
20
631,573.029
2,126,845.388
20
1
S 74°d27'52" W
1087.37
1
630,525.389
2,126,554.151
SUPERFICIE=284,217.53 m²
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN POLÍGONO 2 (BET)
LADO
RUMBO
DISTANCIA
V
COORDENADAS UTM
EST
PV
X
Y
21 630,953.699 2,127,589.306 21 22 S 41°d45'02" E 29.400 22 630,973.276 2,127,567.372 22 23 S 75°d48'33" E 48.028 23 631,019.838 2,127,555.598 23 24 S 32°d00'15" E 242.410 24 631,148.311 2,127,350.032 24 25 S 32°d45'41" E 127.887 25 631,217.516 2,127,242.488 25 26 N 67°d04'14" W 423.175 26 630,827.778 2,127,407.355 26 21 N 34°d41'08" E 221.274 21 630,953.699 2,127,589.306 SUPERFICIE=52,259.321 m²
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN POLÍGONO 3 (CERHAN)
LADO
RUMBO
DISTANCIA
V
COORDENADAS UTM
EST
PV
X
Y
27 630,141.162 2,126,637.388 27 28 N 74°d32'57.90" E 143.53 28 630,279.507 2,126,675.626 28 29 N 43°d01'24.63" E 84.28 29 630,337.014 2,126,737.244 29 30 N 10°d06'52.87" W 138.98 30 630,312.607 2,126,874.061 30 31 N 59°d23'42.49" E 21.16 31 630,330.823 2,126,884.836 31 2 S 40°d36'14.44" E 233.39 2 630,482.719 2,126,707.641 2 33 S 15°d32'09.48" E 128.31 33 630,517.086 2,126,584.019 33 34 S 74°d27'51.79" W 347.59 34 630,182.199 2,126,490.922 34 27 N 15°d39'06.88" W 152.11 27 630,141.162 2,126,637.388 SUPERFICIE=67,803.38 m²
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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Sección 1 del ACUERDO?

ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar Puebla . Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ALICIA ISABEL ADRIANA BÁRCENA IBARRA , Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 1, 2, fracción i, 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 5, 6 y 7, fracción III, del Decreto por el que

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