CPEUM

Artículo 79. Auditoria Superior de la Federacion

La Auditoria Superior de la Federacion tendra autonomia tecnica y de gestion. Fiscalizara los ingresos, egresos, el manejo, la custodia y la aplicacion de fondos y recursos de los Poderes de la Union.

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Texto Legal

Articulo 79 — Auditoria Superior de la Federacion (ASF)

La Auditoria Superior de la Federacion de la Camara de Diputados, tendra autonomia tecnica y de gestion en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organizacion interna, funcionamiento y resoluciones.

Atribuciones

La funcion de fiscalizacion sera ejercida conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

La Auditoria Superior de la Federacion podra:

- Fiscalizar en forma posterior los ingresos, egresos y deuda; las garantias que, en su caso, otorgue el Gobierno Federal respecto a emprestitos de los Estados y Municipios
- Fiscalizar los recursos federales que administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de Mexico
- Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilicita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicacion de fondos y recursos federales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La ASF es el organo que audita el ejercicio del gasto publico. Puede detectar irregularidades que deriven en responsabilidades administrativas, penales o fiscales. Sus informes son referencia obligada para evaluar la transparencia de la gestion publica y el destino de los recursos recaudados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 79 del CPEUM?

La Auditoria Superior de la Federacion tendra autonomia tecnica y de gestion. Fiscalizara los ingresos, egresos, el manejo, la custodia y la aplicacion de fondos y recursos de los Poderes de la Union.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 79 de la Constitucion Politica?

La ASF es el organo que audita el ejercicio del gasto publico. Puede detectar irregularidades que deriven en responsabilidades administrativas, penales o fiscales. Sus informes son referencia obligada para evaluar la transparencia de la gestion publica y el destino de los recursos recaudados.

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