Establece las reglas para la asignacion de diputados de representacion proporcional, incluyendo el umbral de 3% y los limites de sobrerrepresentacion.
La eleccion de los 200 diputados segun el principio de representacion proporcional y el sistema de asignacion por listas regionales, se sujetara a las siguientes bases:
I. Un partido politico debera acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoria relativa en por lo menos doscientos distritos uninominales;
II. Todo partido politico que alcance por lo menos el tres por ciento del total de la votacion valida emitida tendra derecho a la asignacion de diputados segun el principio de representacion proporcional;
V. En ningun caso, un partido politico podra contar con un numero de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Camara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votacion nacional emitida.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los diputados de representacion proporcional participan en la aprobacion de leyes fiscales. SDV observa la composicion de las bancadas parlamentarias para evaluar la probabilidad de aprobacion de reformas fiscales que puedan impactar a sus clientes.
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