CPEUM

Artículo 38. Suspension de derechos ciudadanos

Establece los casos en que se suspenden los derechos o prerrogativas de los ciudadanos: por falta de cumplimiento de obligaciones, sujecion a proceso penal, sentencia penal, entre otros.

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Texto Legal

Articulo 38 — Suspension de Derechos Ciudadanos

Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:

I. Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el articulo 36;

II. Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prision;

III. Durante la extincion de una pena corporal;

IV. Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los terminos que prevengan las leyes;

V. Por estar profugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehension hasta que prescriba la accion penal; y

VI. Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspension.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La suspension de derechos ciudadanos por sentencia penal, incluyendo delitos fiscales, tiene implicaciones graves. SDV destaca la importancia de cumplir con las obligaciones tributarias para evitar procedimientos penales que puedan derivar en la suspension de derechos civicos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 38 del CPEUM?

Establece los casos en que se suspenden los derechos o prerrogativas de los ciudadanos: por falta de cumplimiento de obligaciones, sujecion a proceso penal, sentencia penal, entre otros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 38 de la Constitucion Politica?

La suspension de derechos ciudadanos por sentencia penal, incluyendo delitos fiscales, tiene implicaciones graves. SDV destaca la importancia de cumplir con las obligaciones tributarias para evitar procedimientos penales que puedan derivar en la suspension de derechos civicos.

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