CPEUM

Artículo 102. Ministerio Publico Federal y CNDH

Apartado A: El Ministerio Publico de la Federacion se organizara en una Fiscalia General de la Republica como organo autonomo. Apartado B: Crea la Comision Nacional de los Derechos Humanos.

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Texto Legal

Articulo 102 — Fiscalia General y CNDH

Apartado A — Fiscalia General de la Republica (FGR)

El Ministerio Publico de la Federacion se organizara en una Fiscalia General de la Republica como organo publico autonomo, dotado de personalidad juridica y patrimonio propio.

Corresponde al Ministerio Publico de la Federacion la persecucion, ante los tribunales, de todos los delitos del orden federal. La FGR contara al menos con las Fiscalias Especializadas en materia de delitos electorales y de combate a la corrupcion.

Apartado B — Comision Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)

El Congreso de la Union y las legislaturas de las entidades federativas estableceran organismos de proteccion de los derechos humanos que ampara el orden juridico mexicano. La CNDH conocera de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor publico que violen estos derechos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La FGR (Apartado A) es la autoridad que persigue los delitos fiscales federales (defraudacion fiscal, contrabando, expedicion de CFDI falsos). La CNDH (Apartado B) puede conocer quejas contra actos administrativos del SAT que violen derechos humanos de los contribuyentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 102 del CPEUM?

Apartado A: El Ministerio Publico de la Federacion se organizara en una Fiscalia General de la Republica como organo autonomo. Apartado B: Crea la Comision Nacional de los Derechos Humanos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 102 de la Constitucion Politica?

La FGR (Apartado A) es la autoridad que persigue los delitos fiscales federales (defraudacion fiscal, contrabando, expedicion de CFDI falsos). La CNDH (Apartado B) puede conocer quejas contra actos administrativos del SAT que violen derechos humanos de los contribuyentes.

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