Este articulo establece la postura del Perú respecto a la Antártida, promoviendo su conservación y la explotación equitativa de sus recursos. Refleja el compromiso del país con la investigación científica y la protección del ecosistema.
e la Constitución será de cuatro meses. (* Disposiciones Transitorias Especiales introducidas por Ley N 27.365 del 5 de noviembre de 2000.) DECLARACION EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO DECLARA que el Perú, país del hemisferio austral, vinculado a la Antártida por costas que se proyectan hacia ella, así como por factores ecológicos y antecedentes históricos, y conforme con los derechos y obligaciones que tiene como parte consultiva del Tratado Antártico, propicia la conservación de la Antártida como una Zona de Paz dedicada a la investigación científica, y la vigencia de un régimen internacional que, sin desmedro de los derechos que corresponden a la Nación, promueva en beneficio de toda la humanidad la racional y equitativa explotación de los recursos de la Antártida, y asegure la protección y conservación del ecosistema de dicho Continente. Fuente / Source: Congreso de la República del Perú Navigation Constitutions and Comparative Constitutional Study Executive Branch Legislative Branch Judicial Branch Electoral Systems and Data Political Parties Decentralization and Local Governance Democracy and Citizen Security Indigenous Peoples, Democracy, and Political Participation Civil Society Links About the PDBA Contact Us PDBA News Events Collaborators Sponsor the Database Georgetown University website links search site index site map directory about Copyright ©1995-2011 Georgetown University Political Database of the Americas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aunque este articulo puede parecer distante, las políticas sobre la Antártida pueden influir en acuerdos internacionales y en la imagen del Perú en el ámbito global, lo que puede tener repercusiones en el comercio y la diplomacia.
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