CT

Artículo 65. Deduccion de Ventas Omitidas

Este articulo detalla la deduccion de ventas no registradas y su impacto en el Impuesto a la Renta y otros tributos. Las ventas omitidas se consideran ingresos no declarados.

ventas omitidasimpuesto a la rentadeducciones

Texto Legal

se deducirá el costo de las compras no registradas o no declaradas, de ser el caso. La determinación de las ventas o ingresos considerados como rentas presuntas de la tercera categoría del Impuesto a la Renta a la que se refiere este inciso, se considerarán ventas o ingresos omitidos para efectos del Impuesto General a las Ventas o Impuesto Selectivo al Consumo, de acuerdo a lo siguiente: (i) Cuando el contribuyente realizara exclusivamente operaciones exoneradas y/o inafectas con el Impuesto General a las Ventas o Impuesto Selectivo al Consumo, no se computarán efectos en dichos impuestos. (ii) Cuando el contribuyente realizara junto con operaciones gravadas operaciones exoneradas y/o inafectas con el Impuesto General a las Ventas o Impuesto Selectivo al Consumo, se presumirá que se han realizado operaciones gravadas. (iii) Cuando el contribuyente realizara operaciones de exportación, se presumirá que se han realizado operaciones internas gravadas. Tratándose de deudores tributarios que perciban rentas de primera y/o segunda y/o cuarta y/o quinta categoría y a su vez perciban rentas netas de fuente extranjera, los ingresos determinados formarán parte de la renta neta global. Tratándose de deudores tributarios que perciban rentas de primera y/o segunda y/o cuarta y/o quinta categoría, y/o rentas de fuente extranjera, y a su vez, obtengan rentas de tercera categoría, las ventas o ingresos determinados se considerarán como renta neta de la tercera categoría. Es de aplicación lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso b) de este artículo, cuando corresponda. Tratándose de deudores tributarios que explotan juegos de máquinas tragamonedas, para efectos del Impuesto a la Renta, los ingresos determinados se considerarán como renta neta de la tercera categoría. (88) Inciso sustituido por el Artículo 18° del Decreto Legislativo Nº 981, publicado el 15 de marzo de 2007. c) La aplicación de las presunciones no tiene efectos para la determinación de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoría. d) Para efectos del Régimen Especial del Impuesto a la Renta, las ventas o ingresos determinados incrementarán, para la determinación del Impuesto a la Renta, del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, cuando corresponda, las ventas o ingresos declarados, registrados o comprobados en cada uno de los meses comprendidos en el requerimiento en forma proporcional a las ventas o ingresos declarados o registrados. En caso que el deudor tributario no tenga ventas o ingresos declarados, registrados o comprobados, la atribución será en forma proporcional a los meses comprendidos en el requerimiento. Para efectos de la determinación señalada en el presente inciso será de aplicación, en lo que fuera pertinente, lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso b) del presente artículo. e) Para efectos del Nuevo Régimen Único Simplificado, se aplicarán las normas que regulan dicho régimen. (89) f) Para el caso del Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, los ingresos determinados sobre base presunta constituyen el Ingreso Neto Mensual. (89) Inciso incorporado por el Artículo 18º del Decreto Legislativo Nº 981, publicado el 15 de marzo de 2007. En el caso de contribuyentes que, producto de la aplicación de las presunciones, deban incluirse en el Régimen General de conformidad a lo normado en el Impuesto a la Renta, se procederá de acuerdo a lo señalado en los incisos a) al e) del presente artículo. (86) Artículo incorporado por el Artículo 3º del Decreto Legislativo N° 941, publicado el 20 de diciembre de 2003. (90) Artículo 66°.- PRESUNCIÓN DE VENTAS O INGRESOS POR OMISIONES EN EL REGISTRO DE VENTAS O LIBRO DE INGRESOS, O EN SU DEFECTO, EN LAS DECLARACIONES JURADAS, CUANDO NO SE PRESENTE Y/O NO SE EXHIBA DICHO REGISTRO Y/O LIBRO Cuando en el registro de ventas o libro de ingresos, dentro de los doce (12) meses comprendidos en el requerimiento, se compruebe omisiones en no menos de cuatro (4) meses conse

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No registrar todas las ventas puede llevar a ajustes fiscales y multas. Es vital llevar un control riguroso de todas las transacciones para evitar problemas con la Administracion Tributaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del CT?

Este articulo detalla la deduccion de ventas no registradas y su impacto en el Impuesto a la Renta y otros tributos. Las ventas omitidas se consideran ingresos no declarados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la CT?

No registrar todas las ventas puede llevar a ajustes fiscales y multas. Es vital llevar un control riguroso de todas las transacciones para evitar problemas con la Administracion Tributaria.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 65 del CT?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 65 CT desde tu celular