CNPP

Artículo 18. Garantia de ser informado de sus derechos

Establece la obligacion de las autoridades de informar al imputado y a la victima sobre sus derechos en el procedimiento penal, desde el primer momento de contacto.

informacionderechosnotificacionimputadovictima

Texto Legal

Articulo 18. Garantia de ser informado de sus derechos

Toda persona a la que se le atribuya la comision de un hecho delictivo debera ser informada de sus derechos desde el momento de su detencion o primera comparecencia. De igual forma, la victima u ofendido sera informado de sus derechos al momento de presentar su denuncia o querella.

Derechos que deben informarse al imputado

1. El derecho a guardar silencio sin que ello pueda usarse en su contra
2. El derecho a contar con un defensor desde el primer momento
3. El derecho a conocer los hechos que se le atribuyen
4. El derecho a comunicarse con un familiar o persona de su confianza
5. Los demas derechos previstos en la Constitucion y en este Codigo

Forma de la informacion

La informacion debera ser proporcionada de manera clara, comprensible y oportuna, considerando las condiciones personales del informado, incluyendo su idioma y posible condicion de vulnerabilidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La obligacion de informar derechos es un requisito esencial cuyo incumplimiento puede generar nulidades procesales. En la practica, muchos procedimientos se invalidan porque la autoridad no informo adecuadamente al detenido o a la victima sobre sus derechos. SDV Asesores recomienda que toda persona detenida o victima verifique y documente si fue debidamente informada de sus derechos desde el primer contacto con la autoridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del CNPP?

Establece la obligacion de las autoridades de informar al imputado y a la victima sobre sus derechos en el procedimiento penal, desde el primer momento de contacto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la Codigo de Procedimientos Penales?

La obligacion de informar derechos es un requisito esencial cuyo incumplimiento puede generar nulidades procesales. En la practica, muchos procedimientos se invalidan porque la autoridad no informo adecuadamente al detenido o a la victima sobre sus derechos. SDV Asesores recomienda que toda persona detenida o victima verifique y documente si fue debidamente informada de sus derechos desde el primer contacto con la autoridad.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 18 del CNPP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 18 CNPP desde tu celular