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Artículo 967. Las fallas que pueda sufrir la computadora, dispositivo, el...

Las fallas que pueda sufrir la computadora, dispositivo, el equipo o la conexión a internet de las partes, interesados o sus representantes legales, de ninguna forma interrumpirán los plazos establecidos en este Código Nacional. Sección Segunda De la Seguridad de la Información

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Texto Legal

Las fallas que pueda sufrir la computadora, dispositivo, el equipo o la conexión a
internet de las partes, interesados o sus representantes legales, de ninguna forma interrumpirán los
plazos establecidos en este Código Nacional.

Sección Segunda
De la Seguridad de la Información

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 967 del CNPCF?

Las fallas que pueda sufrir la computadora, dispositivo, el equipo o la conexión a internet de las partes, interesados o sus representantes legales, de ninguna forma interrumpirán los plazos establecidos en este Código Nacional. Sección Segunda De la Seguridad de la Información

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