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Artículo 924. La audiencia de desahogo de pruebas será impostergable y la parte que ofreció la

La audiencia de desahogo de pruebas será impostergable y la parte que ofreció la prueba será responsable de la falta de su oportuna preparación. De no preparar la prueba, ésta se dejará de recibir, sin necesidad de prevención.

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Texto Legal

La audiencia de desahogo de pruebas será impostergable y la parte que ofreció la
prueba será responsable de la falta de su oportuna preparación. De no preparar la prueba, ésta se dejará
de recibir, sin necesidad de prevención. Concluida la recepción de pruebas en la audiencia, alegarán
verbalmente las partes y se les citará para oír sentencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 924 del CNPCF?

La audiencia de desahogo de pruebas será impostergable y la parte que ofreció la prueba será responsable de la falta de su oportuna preparación. De no preparar la prueba, ésta se dejará de recibir, sin necesidad de prevención.

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