A instancia de parte legítima formulada ante la autoridad jurisdiccional competente, puede declararse formal el testamento privado de una persona, sea que conste por escrito o sólo de palabra de conformidad con el Código Civil respectivo.
A instancia de parte legítima formulada ante la autoridad jurisdiccional competente,
puede declararse formal el testamento privado de una persona, sea que conste por escrito o sólo de
palabra de conformidad con el Código Civil respectivo.
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Art. 791. La declaración de estar conforme a derecho un testamento privado, se iniciará a
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