CNPCF

Artículo 68. Efectos de la litispendencia

La litispendencia procedente causa sobreseimiento del segundo juicio. En materia familiar persisten las medidas provisionales y cautelares.

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Texto Legal

Si se declara procedente la litispendencia, el efecto será sobreseer el juicio que en segundo lugar previno.
En materia familiar persistirán las medidas provisionales y cautelares impuestas que estén ordenadas en el juicio, hasta que determine lo contrario la autoridad jurisdiccional que previno. Lo anterior resulta aplicable tratándose de personas que pertenezcan a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y demás grupos sociales en situación de vulnerabilidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del CNPCF?

La litispendencia procedente causa sobreseimiento del segundo juicio. En materia familiar persisten las medidas provisionales y cautelares.

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