Será competente para tramitar la disolución del vínculo matrimonial la autoridad jurisdiccional ubicada en donde se encuentre el último domicilio conyugal, salvo sumisión expresa de ambos cónyuges ante alguna otra autoridad jurisdiccional.
Será competente para tramitar la disolución del vínculo matrimonial la autoridad
jurisdiccional ubicada en donde se encuentre el último domicilio conyugal, salvo sumisión expresa de
ambos cónyuges ante alguna otra autoridad jurisdiccional.
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