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Artículo 602. La consignación que hace el deudor de pensiones...

La consignación que hace el deudor de pensiones alimentarias no extingue ni fija por sí misma su obligación de pagar alimentos. Sección Tercera Del Nombramiento de Personas Tutoras y Curadoras

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Texto Legal

La consignación que hace el deudor de pensiones alimentarias no extingue ni fija por sí
misma su obligación de pagar alimentos.

Sección Tercera
Del Nombramiento de Personas Tutoras y Curadoras

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 602 del CNPCF?

La consignación que hace el deudor de pensiones alimentarias no extingue ni fija por sí misma su obligación de pagar alimentos. Sección Tercera Del Nombramiento de Personas Tutoras y Curadoras

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