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Artículo 544. El tribunal arbitral resolverá la controversia según las...

El tribunal arbitral resolverá la controversia según las normas de derecho que las partes hayan convenido. Si las partes no indicaren la Ley que debe regir el fondo del litigio, el tribunal arbitral, tomando en cuenta las características y conexiones del caso, determinará el derecho aplicable.

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Texto Legal

El tribunal arbitral resolverá la controversia según las normas de derecho que las partes
hayan convenido. Si las partes no indicaren la Ley que debe regir el fondo del litigio, el tribunal arbitral,
tomando en cuenta las características y conexiones del caso, determinará el derecho aplicable. Decidirá
como amigable componedor o en conciencia, sólo si las partes lo han autorizado expresamente para
hacerlo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 544 del CNPCF?

El tribunal arbitral resolverá la controversia según las normas de derecho que las partes hayan convenido. Si las partes no indicaren la Ley que debe regir el fondo del litigio, el tribunal arbitral, tomando en cuenta las características y conexiones del caso, determinará el derecho aplicable.

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