La acción de nulidad puede ser ejercida por las partes del procedimiento, sus sucesores o causahabientes, y los terceros perjudicados por la resolución.
La acción de nulidad de juicio concluido puede ser ejercitada por quienes hayan sido parte en el procedimiento, sus sucesores o causahabientes y los terceros a quienes perjudique la resolución.
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