CNPCF

Artículo 158. Significado de dar vista y correr traslado

Define que dar vista significa que los autos quedan en secretaría para consulta sin sustracción, y correr traslado significa entregar las copias al interesado.

dar vistacorrer trasladoexpedientecopias

Texto Legal

La frase “dar vista” significa que los autos quedan en la secretaría para que los interesados se impongan de ellos y para tomar apuntes dentro del local de la autoridad jurisdiccional, sin que les sea permitida la sustracción fuera del recinto judicial.
La expresión “correr traslado” significa que se entreguen las copias, exhibidas al interesado. Las disposiciones de este artículo comprenden a la persona del Ministerio Público, así como a la Procuraduría de la Defensa del Menor o cualquier institución análoga según la Entidad Federativa de que se trate.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 158 del CNPCF?

Define que dar vista significa que los autos quedan en secretaría para consulta sin sustracción, y correr traslado significa entregar las copias al interesado.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 158 del CNPCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 158 CNPCF desde tu celular