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Artículo 1188. El exhorto de la autoridad jurisdiccional requirente deberá...

El exhorto de la autoridad jurisdiccional requirente deberá acompañarse de la siguiente documentación: I. Copia auténtica de la sentencia, laudo o resolución jurisdiccional; II.

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Texto Legal

El exhorto de la autoridad jurisdiccional requirente deberá acompañarse de la siguiente
documentación:

I.Copia auténtica de la sentencia, laudo o resolución jurisdiccional;

II.Copia auténtica de las constancias que acrediten que se cumplieron los requisitos previstos

en las fracciones IV y V del artículo 1186;

III.Las traducciones al idioma español que sean necesarias al efecto, y

IV.Que el ejecutante haya señalado domicilio para oír notificaciones en el lugar de la autoridad

jurisdiccional del reconocimiento u homologación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1188 del CNPCF?

El exhorto de la autoridad jurisdiccional requirente deberá acompañarse de la siguiente documentación: I. Copia auténtica de la sentencia, laudo o resolución jurisdiccional; II.

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