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Artículo 1126. En los casos que una persona goce de inmunidad de...

En los casos que una persona goce de inmunidad de jurisdicción e inicie una acción judicial no podrá alegar dicha inmunidad en relación con una demanda reconvencional que esté directamente ligada a la demanda principal.

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Texto Legal

En los casos que una persona goce de inmunidad de jurisdicción e inicie una acción
judicial no podrá alegar dicha inmunidad en relación con una demanda reconvencional que esté
directamente ligada a la demanda principal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1126 del CNPCF?

En los casos que una persona goce de inmunidad de jurisdicción e inicie una acción judicial no podrá alegar dicha inmunidad en relación con una demanda reconvencional que esté directamente ligada a la demanda principal.

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