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Artículo 1116. Los procesos de carácter internacional se regirán por las...

Los procesos de carácter internacional se regirán por las disposiciones de este Código Nacional y demás leyes aplicables, salvo lo dispuesto en los tratados y convenciones de los que México sea parte. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES

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Texto Legal

Los procesos de carácter internacional se regirán por las disposiciones de este Código
Nacional y demás leyes aplicables, salvo lo dispuesto en los tratados y convenciones de los que México
sea parte.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1116 del CNPCF?

Los procesos de carácter internacional se regirán por las disposiciones de este Código Nacional y demás leyes aplicables, salvo lo dispuesto en los tratados y convenciones de los que México sea parte. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES

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