Será removida la persona depositaria en los siguientes casos: I. Si dejare de rendir cuenta mensual o la presentada no fuere aprobada; II.
Será removida la persona depositaria en los siguientes casos:
Si la persona removida fuere la persona deudora, la persona ejecutante nombrará nuevo depositario.
Si lo fuere la persona acreedora o la persona por él nombrada, la nueva elección se hará por la autoridad
jurisdiccional, de conformidad con las disposiciones previstas en el presente Capítulo. Contra dicha
resolución no procede recurso alguno.
La persona depositaria responderá de los daños y perjuicios causados en caso de negligencia o mala
fe.
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Art. 1058. La autoridad jurisdiccional en la vía incidental aprobará o...
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