CPF

Artículo 219. Intimidacion

Sanciona la intimidacion como conducta del servidor publico que utiliza su posicion para infundir temor a particulares.

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Texto Legal

Articulo 219 — Intimidacion

Sanciona la intimidacion como conducta del servidor publico que utiliza su posicion para infundir temor a particulares.

Elementos del tipo penal

Este articulo del Codigo Penal Federal establece las conductas tipificadas y las sanciones correspondientes. Para la configuracion del delito se requiere la acreditacion de todos los elementos del tipo penal: la conducta, la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad del agente. La ausencia de cualquiera de estos elementos impide la configuracion del ilicito.

Penalidad y consecuencias

Las penas previstas en este articulo se aplican conforme a las reglas de individualizacion del articulo 52 del CPF, considerando la gravedad del ilicito, el grado de culpabilidad del agente y las circunstancias de ejecucion. El juzgador debera ponderar las circunstancias atenuantes y agravantes para fijar la pena dentro de los limites legales.

Aplicacion practica

En la practica forense, este articulo se aplica conforme al sistema penal acusatorio establecido por el CNPP. La acreditacion del tipo penal requiere que el Ministerio Publico presente datos de prueba suficientes para establecer la existencia del hecho delictivo y la probable participacion del imputado, garantizando en todo momento los derechos fundamentales del acusado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la intimidacion cometida por servidores publicos se configura cuando estos utilizan su poder para amedrentar a particulares. En el ambito fiscal, puede presentarse cuando funcionarios del SAT amenazan a contribuyentes con consecuencias desproporcionadas. La defensa debe documentar las conductas intimidatorias y presentar la denuncia correspondiente para proteger los derechos del contribuyente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 219 del CPF?

Sanciona la intimidacion como conducta del servidor publico que utiliza su posicion para infundir temor a particulares.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 219 de la Codigo Penal Federal?

Para SDV Asesores, la intimidacion cometida por servidores publicos se configura cuando estos utilizan su poder para amedrentar a particulares. En el ambito fiscal, puede presentarse cuando funcionarios del SAT amenazan a contribuyentes con consecuencias desproporcionadas. La defensa debe documentar las conductas intimidatorias y presentar la denuncia correspondiente para proteger los derechos del contribuyente.

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