CP

Artículo 71. Medidas de seguridad: Clases

Las medidas de seguridad incluyen internación y tratamiento ambulatorio, aplicadas a quienes representan un riesgo para la sociedad. Estas medidas buscan rehabilitar al infractor.

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Texto Legal

Medidas de seguridad. Clases Las medidas de seguridad que establece este Código son: Internación; y 2. Tratamiento ambulatorio. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si se te aplica una medida de seguridad, es crucial entender que el objetivo es tu rehabilitación, pero también puede limitar tu libertad de movimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 71 del CP?

Las medidas de seguridad incluyen internación y tratamiento ambulatorio, aplicadas a quienes representan un riesgo para la sociedad. Estas medidas buscan rehabilitar al infractor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 71 de la CP?

Si se te aplica una medida de seguridad, es crucial entender que el objetivo es tu rehabilitación, pero también puede limitar tu libertad de movimiento.

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