CP

Artículo 383. Cobro indebido

El funcionario que exige pagos no debidos será sancionado con pena privativa de libertad de uno a cuatro años. Esta norma busca proteger a los ciudadanos de abusos por parte de servidores públicos.

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Texto Legal

Cobro indebido El funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, exige o hace pagar o entregar contribuciones o emolumentos no debidos o en cantidad que excede a la tarifa legal, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años e inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36. Artículo modificado por el DL 1243 , publicado el 22 de octubre de 2016 (link: bit.ly/43TBLY8 ). Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si un funcionario exige pagos no autorizados, esto puede llevar a sanciones penales y afectar la reputación de la entidad pública involucrada, además de generar desconfianza en la ciudadanía.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 383 del CP?

El funcionario que exige pagos no debidos será sancionado con pena privativa de libertad de uno a cuatro años. Esta norma busca proteger a los ciudadanos de abusos por parte de servidores públicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 383 de la CP?

Si un funcionario exige pagos no autorizados, esto puede llevar a sanciones penales y afectar la reputación de la entidad pública involucrada, además de generar desconfianza en la ciudadanía.

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